SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO 2011 AUTONOMOS: Comunidad Valenciana
1) Subvención por constituirse en trabajador autónomo
CUANTIA:
- 5.000 € para desempleados en general
- 6.000 € para jóvenes menores de 30 años
- 7.000 € para mujeres
- 8.000 € para discapacitados
- 10.000 € para mujeres discapacitadas
Las cuantías se incrementarán en 600€ si concurre alguna de estas circunstancias:
a) Que el último contrato de trabajo del desempleado que se constituye como autónomo se hubiera extinguido por expediente de regulación de empleo y perteneciente al sector cerámico, construcción o mueble.
b) Que la actividad económica que vaya a desarrollarse esté vinculada a energías renovables, medio ambiente, nuevas tecnologías, investigación y desarrollo y atención de personas dependientes (se deberá encuadrar en los siguientes epígrafes del CNAE-2009: sección D (35.16, 35.18 y 35.19); sección E (36, 37, 38 y 39); sección J (61 y 62); sección M (72); y sección Q (87 y 88))
REQUISITOS:
- Permanecer inscrito como desempleado hasta el inicio de la actividad, que ha de realizarse en 2011
- Constituirse como trabajador autónomo. Quedan excluidos los socios de sociedades mercantiles, cooperativas, sociedades civiles, sociedades laborales, así como los miembros de comunidades de bienes y autónomos colaboradores
- No figurar encuadrado en el RETA en los seis meses anteriores al inicio de la actividad
- No haber disfrutado en los tres años anteriores de ayudas similares
- Acreditar la realización de unos gastos mínimos de 5.000 €, excluidos los impuestos susceptibles de recuperación. Los gastos deberán corresponder a inversiones en inmovilizado, gastos de adquisición de mercaderías u otros bienes sujetos a reventa, gastos de honorarios o publicidad que tengan la consideración de gastos de primer establecimiento, el abono de alquileres y de suministros de servicios imputables al desarrollo del ejercicio (agua, luz, teléfono y gas)
OBLIGACIONES:
Mantener la actividad por cuenta propia un mínimo de tres años
PLAZO PRESENTACIÓN:
Entre los dos meses siguientes al inicio de la actividad y el 30/06/2011
2) Subvención para la reducción de intereses de préstamos destinados a financiar las inversiones necesarias para la constitución en trabajador autónomo
CUANTIA:
Hasta cuatro puntos de reducción en los intereses de los préstamos
REQUISITOS:
- Con independencia del importe solicitado, el importe del principal del préstamo a considerar para el cálculo de la ayuda será, como mínimo, de 6.000 € y, como máximo de 50.000 €
- Los préstamos deberán ser concedidos por entidades de crédito que tengan suscrito el correspondiente convenio de colaboración financiera con
- No se podrán subvencionar los contratos de póliza de crédito, leasing, arrendamiento financiero, ni otros contratos distintos del préstamo
- El préstamo deberá solicitarse durante el 2011 y con carácter previo a la solicitud de la subvención
- En los préstamos cuyo importe no supere los 12.021 €, la amortización será como máximo de 5 años, y en los de importe superior, podrá ser de hasta 8 años
- El préstamo deberá destinarse en su totalidad a financiar inversiones en inmovilizado
OBLIGACIONES:
- Los préstamos no podrán ser cancelados durante su primer año de vigencia. Si la amortización anticipada se produce una vez transcurrido el primer año y previa autorización del Servef, deberá reintegrarse la parte de la subvención financiera no devengada
- En el plazo de dos meses siguientes a la notificación de la concesión de la ayuda, el beneficiario deberá aportar un cuadro de amortización y/o información bancaria acreditativa en los que conste que se ha aplicado la subvención financiera a reducir el principal del préstamo
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Entre los dos meses siguientes al inicio de la actividad y el 30/06/2011.
3) Subvención para la formación durante la puesta en marcha de la empresa
CUANTIA:
El 75% del coste de los cursos recibidos hasta un máximo de 3000 €
REQUISITOS:
- Los cursos deberán estar relacionados con la dirección y gestión empresarial, y/o nuevas tecnologías de la información y la comunicación
- Los cursos deberán estar impartidos por asociaciones de trabajadores autónomos de carácter intersectorial que suscriban el oportuno convenio de colaboración con el Servef, o por Cámaras de Comercio, Universidades y Colegios Profesionales
- Los cursos podrán iniciarse entre el último trimestre del 2010 y el 30/06/2011
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Del 04/01/2011 al 30/06/2011
4) Ayuda a la contratación del primer trabajador fijo
CUANTIA:
3000 € por la contratación fija de un trabajador desempleado y a jornada completa o por transformación de contrato temporal; y de 4000 € en caso de que el trabajador sea una mujer. Cuando la contratación se realice a jornada parcial, con una duración mínima de 20 horas semanales, la cuantía de la ayuda se prorrateará proporcionalmente a la jornada contratada
En el supuesto de contratos fijos discontinuos la subvención será de 750 € si se contrata un hombre y 1.000 € en caso de ser mujer.
REQUISITOS:
- Las contrataciones iniciales o las transformaciones de contratos temporales deberán producirse en 2011 y durante los 180 primeros días de actividad del trabajador autónomo. La limitación temporal de 180 días no se aplicará, si el trabajador contratado pertenece a los siguientes colectivos:
- Jóvenes menores de 30 años
- Mujeres
- Parados de larga duración
- Mayores de 45 años
- Personas con discapacidad
- Inmigrantes de países extracomunitarios
- La transformación en indefinido del contrato temporal deberá producirse después de transcurridos tres meses de contrato.
- La persona contratada deberá estar inscrita en el INEM hasta el momento de su contratación
OBLIGACIONES:
- Mantener la actividad por cuenta propia un mínimo de tres años
- Mantener la relación laboral durante al menos dos años
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Entre los dos meses siguientes a la contratación del trabajador y el 30/06/2011. Para las contrataciones realizadas con anterioridad a a la publicación de
5) Subvenciones para las empresas calificadas como I+E
Subvención financiera: Reducción de hasta tres puntos del interés del préstamo para las inversiones destinadas a la creación y puesta en marcha de las empresas calificadas como I+E. Esta subvención tendrá como límite la cuantía de 5.108,60 € por puesto de trabajo que se cubra mediante contratación indefinida, incluida la persona promotora.
El préstamo deberá formalizarse con posterioridad a la calificación de I+E y como máximo hasta un año después de haber iniciado la actividad.
Subvención de apoyo a la función gerencial: Ayudas a la persona promotora en la toma de decisiones necesarias para el funcionamiento de la empresa. La cuantía de la subvención será del 75% de los costes de los servicios recibidos hasta el máximo de 12.000 €.
Subvención por asistencia técnica para la contratación de personal experto técnico de alta cualificación: Subvención del 50% de los costes laborales totales, incluidas las cotizaciones a la seguridad social, por todos los conceptos correspondientes a un año, con el límite máximo de 17.978,82 €.
Subvención por contratación indefinida: Subvención de 4.808,10 € por cada contrato indefinido a jornada completa de personas desempleadas. Cuando la contratación se realice a jornada parcial, con una duración mínima de 20 horas semanales, la cuantía de la ayuda se prorrateará proporcionalmente a la jornada contratada. En el supuesto de realizar un contrato fijo discontinuo, la subvención será de 1.202,02 €.
Subvención para cooperativas y sociedades laborales: Subvención de 4.808,10 € por cada socio trabajador inscrito como desempleado que se incorpore a la sociedad con carácter indefinido.







